La Junta de Andalucía ha iniciado la tramitación de una modificación normativa que altera uno de los criterios clave en el reconocimiento de las familias numerosas: la edad máxima para conservar el título dejará de calcularse en función del hijo mayor y pasará a aplicarse al hijo menor de la unidad familiar.
Este ajuste se recoge en la disposición final primera del proyecto de modificación del Decreto 172/2020, que regula tanto el procedimiento de reconocimiento de familia numerosa como la expedición, renovación y revocación del título. El texto se encuentra actualmente en fase de información pública, con posibilidad de presentar alegaciones hasta el próximo 14 de enero.
La modificación normativa se acompaña de un nuevo decreto específico para el reconocimiento de la condición de familia monoparental en Andalucía. El proyecto —aún en borrador— consta de 18 artículos y establece como criterio general que los hijos deben tener menos de 26 años, eliminándose el límite de edad cuando exista discapacidad reconocida o incapacidad para trabajar.
La norma considera familia monoparental aquella compuesta por un solo progenitor y uno o más descendientes que dependan económicamente de él o ella, por filiación, adopción, tutela o acogimiento. Asimismo, se equiparan a esta condición determinados supuestos con dos progenitores, como el impago reiterado de la pensión de alimentos, situaciones de violencia de género, abandono de familia o ausencia temporal forzada de uno de los progenitores durante al menos un año.

