Teléfono móvil / SA

A todos nos han perseguido con llamadas comerciales a nuestros móviles personales sin saber cómo se ha obtenido nuestro número de teléfono. Pues bien, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recuerda que las personas consumidoras y usuarias cuentan con recursos útiles frente al denominado ‘spam publicitario’ (por teléfono, correo electrónico o sistemas de mensajería), como la Lista Robinson.

Existe un marco normativo que regula en nuestro país estas comunicaciones comerciales, y es la Ley General de Telecomunicaciones, que entró en vigor en junio del año pasado, por la cual quedaron prohibidas las llamadas con fines comerciales sin consentimiento previo. A pesar de esta regulación, no se ha logrado poner fin al spam de este tipo de publicidad que causa tantas molestias.

Protección ante las llamadas comerciales

Desde Consumo, se recomienda a las personas consumidoras y usuarias que se suscriban a la Lista Robinson , un servicio gratuito que gestiona al Asociación Española de Economía Digital (Adigital), que opera en el marco del Reglamento Europeo de Protección de Datos, y que permite evitar publicidad de empresas a las que no hayamos dado nuestro consentimiento para que te envíen publicidad (vía telefónica, por correo postal, email y SMS/MMS).

Las personas usuarias inscritas en Lista Robinson únicamente deben recibir publicidad de las empresas a las que hayan dado su consentimiento, y aquellas empresas que lo incumplan pueden ser sancionadas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ya que tienen la obligación de consultar la lista para excluir del envío de publicidad a las personas inscritas.

Cómo evitar el spam

Consumo destaca otras recomendaciones para evitar la recepción de ‘spam’ publicitario, como por ejemplo marcar casillas que impliquen el rechazo de manera expresa al uso de datos personales con fines publicitarios. En los concursos, ofertas o promociones, no debemos dar el consentimiento para el envío de publicidad, y por ello debemos prestar atención a la información que se proporciona en los términos del concurso, oferta o promoción y no aceptar todos los términos sin más. La persona consumidora puede también ejercer su derecho de oposición si no desea que una empresa determinada trate sus datos personales con fines publicitarios.

Petición expresa

Para ello, habrá que indicar claramente en la solicitud a la empresa que no se desea que traten los datos con fines comerciales e informar el canal a través del que se está recibiendo la publicidad y los datos que no se desea que se traten, proporcionando para ello el número de teléfono o correo electrónico.
Si rechazamos que la entidad que nos envía publicidad disponga de nuestros datos
personales, podemos ejercer el derecho de supresión, para eliminar los datos del
fichero de la entidad.

Consumo Responde

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo [email protected], ambos en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web https://www.consumoresponde.es ,y de los perfiles de X ( @consumoresponde ), Facebook ( www.facebook.com/consumoresponde ) e Instagram ( @consumoresponde ).


También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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