El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado hoy lunes 4 de julio la Orden 29 de junio de 2022 de la Consejería de Salud y Familias por la que se actualiza el catálogo general de productos de la prestación ortoprotésica en el Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA), tras las modificaciones establecidas en la normativa estatal al estar articuladas estas prestaciones en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

La Orden, que será de aplicación en todo el SSPA y en los establecimientos sanitarios que dispensen productos ortoprotésicos con cargo a la financiación del Sistema Sanitario Público de Andalucía, persigue un interés general para facilitar a los pacientes el acceso a los tratamientos que les son necesarios. Entrará en vigor veinte días naturales después de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En el catálogo se incluyen, por un lado, prótesis externas. Entre ellas están las prótesis de miembro superior, incluidas las mioeléctricas para pacientes mayores de dos años amputados unilaterales o bilaterales, prescritas exclusivamente por los servicios de Rehabilitación de los hospitales a los pacientes que cumplan todos los requisitos siguientes: tener suficiente capacidad mental y de control mioeléctrico que les permita el manejo de la prótesis de forma segura y eficaz; desarrollar actividades de la vida diaria o laborales en las que la utilización de la prótesis mioeléctrica les supondría una ventaja respecto al uso de una prótesis funcional o pasiva; participar en un programa de rehabilitación para su adiestramiento; disponer de un entorno familiar o supervisión externa que favorezca un uso adecuado y continuado de la prótesis en los niños y personas dependientes.

Además, se incluyen prótesis parciales de mano; prótesis de dedo; prótesis de desarticulación de muñeca; prótesis transradial (por debajo del codo); prótesis de desarticulación de codo; prótesis transhumeral (por encima del codo); prótesis de desarticulación de hombro; prótesis de amputación del cuarto superior (interescapulotorácicas); prótesis de mano; pinzas y dispositivos funcionales; articulaciones de muñeca, de codo, de hombro; y componentes generales de prótesis de miembro superior.

En las prótesis de miembro inferior, están las prótesis parciales de pie, incluyendo prótesis de dedos; prótesis de desarticulación del tobillo; prótesis transtibiales (por debajo de la rodilla); prótesis de desarticulación de rodilla; prótesis transfemorales (por encima de la rodilla); prótesis de desarticulación de cadera; prótesis de hemipelvectomía; pies protésicos; rotadores; articulaciones de rodilla y de cadera; prótesis provisionales para movilización temprana en amputación de miembro inferior; y componentes generales de prótesis de miembro inferior.

En cuanto a las prótesis externas distintas a las prótesis de miembros, están las prótesis de mama en casos de traumatismo, enfermedad o malformación congénita; prótesis de restauración facial, incluyendo las de nariz y/o los pabellones auriculares y/o globos oculares en casos de traumatismo, enfermedad o malformación congénita; y las prótesis maxilares.

En el grupo de prótesis auditivas, están audífonos para pacientes hipoacúsicos, de cero a veintidós años; moldes adaptadores y otros componentes de audífonos para pacientes que cumplan los requisitos para recibir audífonos; o recambios de componentes externos de implantes auditivos, incluyendo la activación, programación y revisiones que se precisen.

Sillas de propulsión eléctrica

En cuanto a sillas de ruedas, dentro de las de propulsión manual están las sillas de ruedas manuales para personas con patologías o discapacidades que les impidan la marcha funcional de forma permanente. Por su parte, en sillas de ruedas motorizadas, están las de propulsión eléctrica y dirección eléctrica para personas con limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente que cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes: a) Incapacidad permanente para la marcha independiente. b) Incapacidad funcional permanente para la propulsión de sillas de ruedas manuales con las extremidades superiores. c) Suficiente capacidad visual, mental y de control que les permita el manejo de sillas de ruedas eléctricas y ello no suponga un riesgo añadido para su integridad y la de otras personas.

En el catálogo se incluye también una sección de ortesis. En las de columna vertebral, están las ortesis lumbosacras; ortesis toraco-lumbo-sacras (dorso-lumbares); ortesis cervico-torácicas; ortesis cérvico-toraco-lumbo-sacras.

En el grupo de ortesis de miembro superior, están las de dedos; de mano; de muñeca y mano; de muñeca, manos y dedos; de codo; de antebrazo; de hombro y codo; de hombro, codo y muñeca; y articulaciones de codo. Por su parte, en el grupo de ortesis de miembro inferior, están las de pie exclusivamente para alguna de estas situaciones clínicas: pacientes con pie patológico neuropático o diabético que presenten riesgo de ulceración; pacientes con graves deformaciones dolorosas del pie por enfermedad reumática; pacientes con importantes secuelas dolorosas tras cirugía del pie, durante un periodo máximo de 24 meses. También están las ortesis de tobillo y pie (tibiales); de rodilla; de rodilla, tobillo y pie (femorales); de cadera, incluyendo ortesis de abducción; de cadera, rodilla, tobillo y pie; de tobillo; articulaciones de rodilla; articulaciones de cadera; y recambios y componentes para ortesis de miembro inferior.

Finalmente, en el grupo calzados ortopédicos, están los calzados para grandes deformidades. El calzado a medida incluye la elaboración de las plantillas que hayan sido prescritas.

El último gran grupo incluido en el catálogo son las ortoprótesis especiales, entre los que están productos de apoyo para caminar manejados por un brazo, como muletas de codo con soporte en antebrazo; o muletas con tres o más patas. Entre los productos de apoyo para caminar manejados por los dos brazos, están los andadores.

Por su parte, entre los productos para la terapia del linfedema están las prendas de compresión para brazos, piernas y otras partes del cuerpo para linfedemas de miembros superiores, linfedemas graves de miembros inferiores y linfedemas de tronco. En los productos para la prevención y tratamiento de cicatrices patológicas están las prendas de compresión para brazos, piernas y otras partes del cuerpo para quemados y grandes queloides.

En los complementos para las prendas de compresión, están los complementos para las prendas de compresión (para linfedema, quemados y grandes queloides). En el grupo de productos de apoyo para la prevención de las úlceras por presión, están los cojines para prevenir las úlceras por presión.

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