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La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha aprobado una nueva instrucción que regula el procedimiento de recogida y verificación de firmas mediante sistemas electrónicos para las agrupaciones de electores que deseen concurrir a las elecciones autonómicas del próximo 17 de mayo. La medida ya está en vigor tras su publicación esta semana en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Se trata de la Instrucción 1/2026, adoptada el pasado 26 de marzo, que desarrolla aspectos clave del proceso de presentación de candidaturas en este tipo de formaciones, especialmente en lo relativo a los avales necesarios para poder concurrir a los comicios.

Firma electrónica para recoger avales

La normativa establece que las agrupaciones de electores podrán recoger las firmas exigidas —al menos el 1% de los inscritos en el censo electoral de la circunscripción— mediante sistemas de firma electrónica reconocidos como válidos por la propia Junta Electoral de Andalucía.

Esta posibilidad supone un avance en la digitalización del proceso, permitiendo sustituir los métodos tradicionales por herramientas tecnológicas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Entre ellos, se exige que el sistema incluya mecanismos de verificación y un sello o marca de tiempo que certifique el momento en el que se realiza cada firma.

Además, el representante de la agrupación deberá comunicar previamente a la Junta Electoral Provincial el sistema de firma que utilizará, que será validado por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.

No se puede firmar para más de una candidatura

Uno de los puntos clave de la instrucción es la limitación expresa de que cada persona solo podrá avalar a una única agrupación de electores. En caso de que una misma persona firme para más de una candidatura, ninguna de esas firmas será considerada válida.

Las firmas recogidas serán remitidas a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral para su verificación, ya sea a través de la Junta Electoral Provincial o directamente por el representante de la agrupación. En cualquier caso, la entrega deberá realizarse en un único envío con el total de los avales recopilados.

Verificación y posibles subsanaciones

Una vez revisadas las firmas, la Oficina del Censo Electoral emitirá una certificación con el número de avales válidos —es decir, aquellos correspondientes a personas inscritas en el censo de la circunscripción— y la remitirá a la Junta Electoral Provincial en el plazo de un día tras la publicación de las candidaturas.

En caso de detectar irregularidades o un número insuficiente de firmas, las juntas electorales provinciales lo comunicarán a los representantes de las candidaturas afectadas, que dispondrán de un plazo de 48 horas para subsanar los errores, conforme a la legislación electoral andaluza.

La instrucción también aclara que la retirada de un aval una vez presentada la candidatura no tendrá efectos en el proceso.

Por último, la Junta Electoral de Andalucía deberá publicar en su sede electrónica la relación de sistemas de firma electrónica reconocidos como válidos para este procedimiento, con el objetivo de garantizar la transparencia y seguridad en la recogida de avales.